Postulación al Registro de proyectos deportivos susceptibles de donación

Información General

Es un Registro de Proyectos Deportivos al que se puede postular para obtener financiamiento por parte de privados con derecho a beneficios tributarios para el donante. Para esto los proyectos pasan por un proceso de evaluación y los que que finalmente son aprobados pasan a formar parte del Registro. A este Registro sólo podrán postular las organizaciones deportivas señaladas en la ley 19.712 (art. 32), corporaciones de alto rendimiento y corporaciones municipales de deportes.

Preguntas Frecuentes

¿Qué es la Franquicia Tributaria de las Donaciones con Fines Deportivos?

Es un incentivo tributario que permite rebajar impuestos a ciertos tipos de contribuyentes por las donaciones en dinero que realicen al financiamiento de la actividad física, el deporte y la recreación.

¿Cuál es la normativa legal y tributaria que sustenta la Franquicia Tributaria de las Donaciones con Fines Deportivos?

La normativa legal y tributaria más significativa es la siguiente:

  • Los artículos 62 al 68 de la Ley del Deporte N° 19.712, del año 2001, establecen los lineamientos que crean la Franquicia Tributaria de las Donaciones con Fines Deportivos.
  • Los artículos 10 y 11 de la Ley N° 19.885, del año 2003, establecen requisitos que incentiva y norman el Buen Uso de las Donaciones que dan origen a Beneficios Tributarios.
  • El Decreto N° 34, del año 2017, del Ministerio del Deporte, que aprobó el nuevo Reglamento de las Donaciones con Fines Deportivos
  • La Circular N° 81, del año 2001, del Servicio de Impuestos Internos, que aprobó las Normas para el Tratamiento Tributario y Contable de las Donaciones con Fines Deportivos.
¿Quiénes pueden hacer donaciones?

Los contribuyentes que pueden hacer donaciones, denominados donantes, son los siguientes:

  • Personas Naturales
    • Deben declarar Impuesto Global Complementario.
    • Y tener Impuestos anuales que pagar en el año efectivo de la donación.
  • Personas Jurídicas
    • Deben ser contribuyentes del Impuesto de Primera Categoría.
    • Deben determinar su Renta mediante Contabilidad Completa.
    • Y tener Utilidades e Impuestos anuales que pagar en el año efectivo de la donación.
¿Quiénes pueden recibir donaciones?

Los contribuyentes que pueden recibir donaciones, denominados donatarios, son los siguientes:

  • Organizaciones Deportivas
  • Corporaciones Municipales de Deportes
  • Corporaciones de Alto Rendimiento

Los donatarios anteriores pueden recibir donaciones, siempre y cuando el destino de las donaciones sea para financiar uno o más proyectos que estén incorporados en el registro de proyectos deportivos susceptibles de donación, que administra el IND.

También puede recibir donaciones el Instituto Nacional de Deportes de Chile, pero el destino de las donaciones sebe ser para financiar una o más cuotas del Fondo Nacional para el Fomento del Deporte (FONDEPORTE).

¿Cuáles son los incentivos y/o rebajas tributarias que contiene la Franquicia de las Donaciones con Fines Deportivos?

Los incentivos tributarios son dos:

  • Crédito Tributario, el cual permite rebajar un 50% ó 35% del monto total donado contra los impuestos anuales que declara el contribuyente.
  • Gasto Tributario, el cual permite rebajar como Gasto Aceptado (sin tope) la diferencia del monto donado que no se pueda rebajar como crédito tributario.
¿Cuál es el porcentaje máximo que se puede rebajar por las donaciones realizadas a un proyecto y/o una o más cuotas del Fondeporte, respecto del monto total donado?

El porcentaje máximo de rebaja de impuestos que se puede alcanzar, respecto del monto total donado, dependerá del tipo de contribuyente:

  • En el caso de las Personas Jurídicas, que declaran una Tasa Fija Anual de
    Impuesto de Primera Categoría del 27%, el porcentaje máximo de rebaja de impuestos por una donación puede alcanzar el 63,5% respecto del monto total donado.
  • En el caso de las Personas Naturales, que declaran una Tasa Variable Anual de

Impuesto Global Complementario, que puede llegar hasta el 40%, el porcentaje máximo de rebaja de impuestos por una donación puede alcanzar el 70,0% respecto del monto total donado.

¿La Franquicia Tributaria tiene límites o topes a la rebaja de impuestos?

El incentivo denominado Crédito Tributario, tiene un límite máximo anual para rebajar contra los Impuestos Anuales, el cual dependerá del Tipo de Contribuyente:

  • Las Personas Jurídicas que declaran con el impuesto de primera categoría, el tope anual es el siguiente:
    • Hasta el 2% de la Renta Líquida Imponible
    • Con Tope Final de 14.000 UTM anuales ($705.208.000)
  • Las Personas Naturales que declaran con el impuesto global complementario, el tope anual es el siguiente:
    • Hasta el 2% de la Renta Neta Global
    • Con Tope Final de 320 UTM anuales ($ 16.120.000)
¿Existen requisitos adicionales para que un donante rebaje el crédito tributario?

Si, las normas establecen los siguientes requisitos adicionales:

  • Las donaciones se deben realizarse solo en dinero.
  • El beneficiario de la donación (Donatario), al recibir el dinero, debe emitirle y entregarle un certificado de donación al donante acreditando la recepción de los recursos.
  • La donación no puede hacerse a una organización formada por personas que estén relacionadas con el donante por vínculos patrimoniales.

Y tampoco, se puede efectuar una donación a una organización formada por personas que, mayoritariamente, tengan vínculos de parentesco con el donante.

¿Cuáles son los beneficios para una empresa que decide donar en el contexto de la Franquicia Tributaria?

Algunos de los beneficios son los siguientes:

  • Pueden rebajar contra el impuesto de primera categoría hasta el 63,5% del monto total donado.
  • Les permite participar y colaborar en el desarrollo deportivo del país.
  • Puede ser un interesante complemento del plan de marketing empresarial.
  • Es una poderosa herramienta para apoyar Políticas de Responsabilidad Social Empresarial (RSE).
  • Se puede utilizar para cumplir con Planes de Compensaciones Ambientales.
  • Y, permite contribuir en la disminución de los niveles de sedentarismo, mejorando con ello la salud y calidad de vida de la población.
¿Qué formalidades deben cumplir las entidades y/o donatarios que reciben donaciones acogidas a la Franquicia Tributaria de las Donaciones con Fines Deportivos?

Las formalidades más relevantes que deben cumplir son las siguientes:

  • Iniciar Actividades en el S.I.I.
  • Llevar Contabilidad Completa o, en su defecto, Contabilidad Simplificada.
  • Tener Certificados de Donación con Fines Deportivos autorizados y timbrados en el S.I.I.
  • Deben firmar un Convenio de Donación por los compromisos de financiamiento que logren con un donante para los proyectos que tengan en el registro.
  • Deben emitirle al donante un Certificado de Donación por cada aporte que reciban a un proyecto.
  • Cuando han obtenido donaciones deben realizar la Declaración Jurada N° 1828 de Estado de Ingresos y Usos de las Donaciones en el S.I.I. (plazo hasta el 31 de marzo de cada año)
  • Concurrir a las Citaciones y/o Fiscalizaciones del S.I.I.
  • Deben hacer llegar a la Dirección Regional respectiva del IND:
    • una copia de los Convenios de Donación que logren formalizar.
    • una copia de los Certificados de Donación por los aportes que reciban.
¿Qué es el Registro?

El Registro es:

  • Un Banco de Proyectos Deportivos susceptibles de recibir donaciones.
  • El Registro lo administra el Instituto Nacional de Deportes.
  • Cada año el IND convoca a un Concurso Público para que se incorporen nuevos proyectos al Registro.
¿Cuándo se abren las postulaciones al registro y cuantos proyectos se pueden postular?

Las postulaciones son mensuales, de enero a diciembre, por lo general los 10 primeros días de cada mes.

En cada mes de postulación se pueden presentar hasta 60 proyectos (720 proyectos en el año).

¿Quiénes pueden postular proyectos al registro?

Pueden postular proyectos al Registro solamente:

  • Las Organizaciones Deportivas
  • Las Corporaciones de Alto Rendimiento, y
  • Las Corporaciones Municipales de Deportes
¿Dónde se postula y qué requisitos se deben cumplir?
  • Las postulaciones se realizan en línea en proyectosdeportivos.cl
  • Para ingresar a la plataforma se debe tener Número de Usuario y Clave.
  • Los postulantes deben acreditar Personalidad Jurídica y Directorio Vigente
  • Los postulantes deben tener Rendiciones de Cuentas al día con el Instituto Nacional de Deportes
  • Y deben cumplir todos los demás requisitos técnicos establecidos en las Bases de Postulación.
¿Qué tipos de proyectos se pueden postular al registro?

Se pueden postular una amplia gama de proyectos, según la categoría:

  • Categoría Formación para el Deporte
    • Escuelas de Formación Motora
    • Escuelas de Deporte
    • Escuelas de Deporte de Temporada
    • Encuentros Deportivos Formativos
  • Categoría Deporte Recreativo
    • Talleres Deportivos Recreativos
    • Talleres Deportivos Recreativos de Temporada
    • Eventos Deportivos Recreativos
  • Categoría Deporte de Competición
    • Organización de Competencias
    • Preparación para Competencias
    • Participación en Competencias
  • Categoría Deporte de Alto Rendimiento
    • Organización de Competencias
    • Entrenamiento y Preparación para Competencias
    • Participación en Competencias
  • Categoría Deporte Laboral
    • Organización de Competencias Interempresas
    • Participación en Competencias Interempresas
  • Categoría Desarrollo de Organizaciones Deportivas
    • Gastos Administrativos
    • Adquisición de Bienes Corporales Muebles
    • Capacitación
  • Categoría Infraestructura Deportiva
    • Adquisición de Recintos Deportivos
    • Obras de Infraestructura
    • Mantención de Recintos Deportivos
  • Categoría Difusión Deportiva
    • Campaña de Difusión
    • Exhibición, Hito y Expedición Deportiva
¿Qué tipo de gastos se pueden financiar?

Se pueden financiar todos los gastos necesarios para la ejecución de los proyectos y que estén autorizados en las bases, tales como:

  • Gastos en Personal
  • Gastos en Alimentación y Alojamiento
  • Gastos en Difusión
  • Gastos en Bienes y Servicios
  • Gastos en Imprevistos
  • Gastos Administrativos